Si pasados dos (2) meses desde la plazo de registro de la comunicación continúa la mora, la Administradora de Riesgos Laborales acertará aviso a la Empresa y a la Dirección Territorial correspondiente del Ministerio del Trabajo para los enseres pertinentes.El Ministerio de Trabajo reglamentará Interiormente de un plazo no anciano a un (1) año